inicio

bann_sup_reinicia.jpg

certificaciones

español inglés

Qué es Reinicia

Buscador de ecoparques

¿Cumplo con la ley?

¿Cómo gestionar los residuos de tu empresa?

Contacta con nosotros

Obtén tu certificado

¿Sabías qué?

Proyecto Seneclic

Cómo adherirse

Multimedia

¿Necesitas formación?

Tu empresa en Europa

Glosario

Preguntas frecuentes

Nuestro trabajo Legislación RAEE Objetivos de la normativa

cabecera legislación raee

Objetivos de la normativa

1. Reducir la cantidad de estos residuos y la peligrosidad de los componentes.

2. Fomentar la reutilización de los aparatos y la valorización de sus residuos.

3. Determinar una gestión adecuada tratando de mejorar la eficacia de la protección ambiental.

 

Normas para conseguir estos objetivos

 

1. Normas aplicables a la fabricación del producto:

1.1. Artículos 1 y 7 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Facultan al Gobierno para fijar disposiciones particulares relativas a la producción y gestión de determinados tipos de residuos de manera que se facilite su reutilización, reciclado y valorización.

1.2.  Directiva 2002/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 2003. Establece medidas de prevención desde la fase de diseño y fabricación de los aparatos eléctricos o electrónicos para, sobre todo, limitar la inclusión en ellos de sustancias peligrosas.

 

2. Normas relativas a su correcta gestión ambiental cuando devenga residuo (con especial atención a los procedentes de hogares particulares debido a su porcentaje mayoritario en el cómputo total):

2.1. Se establece que los últimos poseedores podrán devolver los aparatos, sin coste, a los distribuidores o a las entidades locales que recepcionarán temporalmente los procedentes de hogares particulares y, previo acuerdo voluntario, los de uso profesional.

2.2. Los productores deberán hacerse cargo de ellos y proceder a su correcta gestión. Si éstos no realizan por sí mismos esta tarea, deberán entregarlos a gestores autorizados o participar en Sistemas Integrados de Gestión (SIG) en los que pueden intervenir los distintos agentes económicos.

2.2.1.Cómo deben hacerlo. Utilizando las mejores técnicas posibles de prevención y control integrados de la contaminación y siempre atendiendo al régimen jurídico en función de las características de las operaciones y peligrosidad de los componentes que constituyan el objeto de a gestión.

 

Este Real Decreto, incorpora al derecho interno la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 2003, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, modificada en su artículo 9 por la Directiva 2003/108/CE, de 8 de Diciembre de 2003, y la Directiva 2002/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 2003, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos o electrónicos.

Ver normativa de aplicación >

 

Accesibilidad l Aviso Legal

Polígono Industrial La Polvorista. C/Alguazas, nº 43
30500 Molina de Segura. Murcia. T. 902 996 991 / F. 968 629 278

certificados accesibilidad